Ciudadanía Americana de menores por un padre americano

Todo lo que necesitas saber sobre el trámite de Ciudadanía Americana de Menores a Través de un Padre Ciudadano Americano.

Ciudadanía Americana de Menores a Través de un Padre Ciudadano Americano.

Una persona puede transmitir o adquirir la ciudadanía americana de distintas maneras, por ejemplo, una persona que nace en los Estados Unidos y está bajo la jurisdicción de los Estados Unidos, es ciudadano al nacimiento. Personas que nacen en determinados territorios fuera de Estados Unidos pero que pertenecen a los Estados Unidos, también son ciudadanos al nacimiento, aunque pueden estar sujetos a otros requerimientos, Ex: Puerto Rico, Guam, etc.

Una persona que nace fuera de los Estados Unidos pero es hijo de padre o padre y madre ciudadano estadounidense en el momento del nacimiento, también es ciudadano americano al nacimiento.

Los hijos de padres americanos naturalizados, que no hayan cumplido 18 años, y reúnan otro grupo de requisitos, pueden recibir la ciudadanía americana a través de sus padres.

Requisitos

Tu hijo puede adquirir la ciudadanía americana a través de la tuya, si:
Y además cumple con los siguientes requisitos:
  • Si el hijo es legalmente admitido para residir permanentemente en Estados Unidos
  • al nacer, los padres o al menos uno de los padres era ciudadano americano, sea por nacimiento o a través de un proceso de naturalización,
  • el hijo aún no había cumplido los 18 años de edad,
  • no estaba casado,
  • era hijo legítimo del padre o el mismo lo reconoció antes de que cumpliera los 16 años de edad,
  • si es adoptado debe cumplir con determinados requisitos que se hallan en la sección 101(b)(1)(E) del Acta de Inmigracion y Nacionalidad. La adopción debe ser plena y definitiva, y por último,
  • el hijo está residiendo en Estados Unidos bajo la custodia de un padre ciudadano(Incluyendo la custodia compartida)

Adquisición de la ciudadanía por hijos no residentes de ciudadanos americanos.

Para los casos en que el hijo no residente en Estados Unidos, desea adquirir la ciudadanía americana a través del padre ciudadano estadounidense, estos son los requisitos que deberá cumplir, y son similares a los de un hijo residente salvo algunas diferencias.

  • Si el hijo es legalmente admitido para residir permanentemente en Estados Unidos
  • es soltero,
  • reside regularmente fuera de Estados Unidos,
  • se encuentra en Estados Unidos de manera temporal luego de haber sido admitido legalmente y mantiene dicho estatus legal,
  • está bajo la custodia legal y física de un padre ciudadano americano,
  • es hijo legitimo del padre o el mismo lo reconoció antes de que cumpliera los 16 años de edad,
  • si es adoptado debe cumplir con determinados requisitos que se hallan en la sección 101(b)(1)(E) del Acta de Inmigracion y Nacionalidad. La adopción debe ser plena y definitiva, y por último,

Nota: Existen otros requisitos que llegado el momento, se deben tener en cuenta según el caso específico que se esté tratando y uno de nuestros especialistas se encargará de que todo se haga según lo establecido.

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